31.03.2014

Nota Informativa sobre el procedimiento transitorio de Certificación de eficiencia energética

Nota Informativa del Ministerio de Industria, Energía y Turismo sobre el procedimiento transitorio de Certificación de eficiencia energética.

El objeto de este documento es aclarar a los agentes implicados en el sector de la edificación (proyectistas, certificadores y CCAA), el procedimiento a seguir, a partir del 13 de marzo del 2014 (fecha de aplicación obligatoria del nuevo DB-HE), para la realización de la certificación energética de edificios nuevos y existentes.

Visto en la web del CSCAE

Más información:

Nota informativa

Secretaría de Estado de Energía
Ministerio de Industria, Energía y Turismo

1.- Antecedentes y objeto

El Documento Básico DB HE de Ahorro de energía es el documento reglamentario de carácter básico en el que se establecen las exigencias de eficiencia energética que deben cumplir los edificios para satisfacer el requisito básico de ahorro de energía de la Ley de Ordenación de la Edificación. Dicho Documento Básico se ha revisado mediante la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre (BOE de 12 de septiembre), por la que se actualiza el Documento Básico DB HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. Esta actualización es de aplicación obligatoria a partir del 13 de marzo de 2014.

El objeto de este documento es aclarar a los agentes implicados en el sector de la edificación (proyectistas, certificadores y CCAA), el procedimiento a seguir, a partir del 13 de marzo del 2014 (fecha de aplicación obligatoria del nuevo DB-HE), para la realización de la certificación energética de edificios nuevos y existentes.

2.- Actuación relativa a la certificación energética de edificios

La certificación energética de edificios no se verá alterada el 13 de marzo de 2014, independientemente de los cambios que se hayan producido en los documentos HE del CTE 2013, y se seguirá operando con los valores que marca el DB-HE 2006 cuando así lo consideren los actuales documentos reconocidos relativos a los procedimientos para la certificación energética de edificios. Esta situación se extenderá durante el período de adecuación al nuevo DB-HE de los documentos reconocidos e informativos en el ámbito de la certificación energética de edificios.

A partir del 13 de marzo de 2014 el procedimiento simplificado de calificación de eficiencia energética en viviendas (Procedimiento 1) dejará de utilizarse, de acuerdo con lo establecido por la Comisión Permanente para la Certificación Energética de Edificios.

En la utilización de los programas de certificación cabe destacar las restricciones al uso de cada uno de ellos, y que están definidas en esta página.

3.- Procedimientos para la certificación energética

Durante el periodo de adecuación de los documentos reconocidos e informativos indicados en el apartado segundo, el esquema de procedimientos a emplear para la Certificación Energética de Edificios será el siguiente:

Certificación energética de edificios

Edificios nuevos
Vivienda
CALENER VyP
CE2
CERMA


Otros usos
CALENER VyP
CALENER GT


Edificios existentes
Vivienda
CALENER VyP
CE3
CE3X
CERMA


Otros usos
CALENER VyP
CALENER GT
CE3
CE3X


4.- Nueva herramienta unificada Lider-Calener

Los Ministerios de Fomento, Industria, Energía y Turismo, e IDAE han llevado a cabo de forma conjunta un proceso de unificación en una sola plataforma -Herramienta unificada LIDER-CALENER-de los programas oficiales generales LIDER y CALENER y su adaptación a los cambios introducidos por el DB-HE del año 2013.

Aun cuando el Ministerio de Fomento pone esta nueva herramienta a disposición de los profesionales involucrados en la verificación de las exigencias reglamentarias del nuevo DB-HE, los resultados que se obtengan con dicha herramienta no pueden emplearse actualmente para llevar a cabo la certificación energética de edificios, ya que se requiere que previamente se lleve a cabo la adaptación de los documentos relativos a la certificación energética de edificios.

La Subdirección General de Arquitectura y Edificación del Ministerio de Fomento ha elaborado una «Nota informativa sobre la aplicación de herramientas informáticas para la verificación de las exigencias del DB HE» establecidas por la Orden FOM/1635, de 10 de septiembre de 2013 (BOE 12/09/2013), por la que se actualiza el Documento Básico de Ahorro de Energía DB-HE», disponible en la página web del Código Técnico de la Edificación del Ministerio de Fomento en el apartado Documentos complementarios, con objeto de clarificar e informar sobre las cuestiones que puedan surgir en relación con los métodos informáticos para la verificación de las exigencias de limitación de demanda y consumo energético establecidas en el Documento Básico de Ahorro de Energía DB-HE.

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