Estudio experimental de la resistencia al corte de vigas de gran canto de hormigón reforzado con fibras
Comportamiento dinámico de dos modelos de vivienda de mampostería de adobe con y sin confinamiento de elementos de hormigón armado
Naturalezas construidas: El conjunto residencial Suvikumpu por Raili y Reima Pietilä
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La diversidad constructiva territorial de las técnicas tradicionales: tipos de muros mixtos de madera en el entorno de la Cordillera Cantábrica
Estudio experimental sobre la técnica del georradar para detectar armaduras de polímeros reforzados con fibra de vidrio (GFRP)
Ciudad, infraestructuras y singularidad estructural: Estación de Servicio CAMPSA, Huelva (1955-1959) del arquitecto Alejandro Herrero Ayllón
Efecto de diferentes configuraciones de ventilación natural y materiales de cubierta sobre el confort térmico de trabajadores de una instalación para la producción de panela
Revisión de datos de intensidad pluviométrica en España para el dimensionado de redes de saneamiento y equipos de bombeo
Efecto de las fibras en el autosanado de un Hormigón de Ultra Altas Prestaciones
Fatiga del HRFA en compresión: Efecto de escala & autorreparación autógena
Mejora de propiedades de cenizas de fondo de biomasa mediante métodos de carbonatación y pulverización para su aplicación en materiales base cemento
Empleo de zeolitas fabricadas a partir de residuos industriales en la preparación de materiales de base cemento
Hormigón ecológico de bajo contenido en cemento y el papel de los áridos de hormigón reciclado (RCA), materiales suplementarios del cemento (SCMs) y otros aditivos en la mejora de la sostenibilidad y durabilidad
Valorización de subproductos de minas de fosfato para producir geopolímeros ácidos
Geopolímeros con residuos de ladrillo y hormigón de construcción
El presente proyecto de real decreto tiene por objeto desarrollar ciertos aspectos necesarios para la implantación del Reglamento (UE) 2024/3110 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, por el que se establecen reglas armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga el Reglamento (UE) n.° 305/2011 (en adelante, Reglamento Europeo de Productos de la Construcción, o bien, RPC).
Este Reglamento europeo viene a sustituir al actual Reglamento (UE) n.° 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo. Tanto el nuevo RPC de 2024 como el Reglamento europeo anterior de 2011 al que sustituye regulan el marcado CE de determinados productos de construcción.
Cabe recordar que los reglamentos europeos no requieren de transposición a la normativa nacional, al ser estos directamente aplicables en los estados miembros desde su fecha de entrada en vigor. De esta forma, el presente real decreto no busca trasponer el Reglamento europeo de forma íntegra, sino que se aprueba con el objetivo de desarrollar diversos aspectos específicos que requieren de desarrollo nacional. En concreto, este real decreto desarrolla aspectos del RPC tales como el uso de los productos de construcción en los códigos de construcción, reglamentos de instalaciones y cualquier otra reglamentación nacional que regule aspectos relacionados con las obras de construcción o instalaciones. Adicionalmente, también se desarrollan otros aspectos como el régimen sancionador, según lo contemplado en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
Simultáneamente, en este proyecto de real decreto también se actualiza diversa regulación nacional relacionada con los productos de la construcción:
Se derogan y sustituyen diversos reales decretos que regulan productos concretos, los cuales establecían anteriormente reglas para su homologación. Cabe destacar que con el paso de los años y el progresivo desarrollo de la normativa europea, el número de productos aun no cubiertos por esta ha disminuido considerablemente, quedando actualmente un número reducido de productos en este grupo. Además, con la entrada en vigor del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, las anteriores homologaciones de productos fueron sustituidas por certificaciones de conformidad con los requisitos reglamentarios. De este modo, para este grupo de productos, el presente real decreto viene a actualizar y reunificar sus requisitos en una misma disposición normativa, derogando los diferentes reales decretos anteriores y reescribiendo los requisitos en un único texto.
También se deroga y sustituye el Real Decreto 842/2013, de 31 de octubre, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego. Dicho real decreto regulaba la clasificación de estos productos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego, derogando al anterior Real Decreto 312/2005, de 18 de marzo.
Junto con los cambios anteriores, otra disposición que debe modificarse para actualizar parte de su contenido técnico es el Real Decreto 605/2006, de 19 de mayo, por el que se aprueban los procedimientos para la aplicación de la norma UNE-EN 197-2:2000 a los cementos no sujetos al marcado CE y a los centros de distribución de cualquier tipo de cemento. Los cambios realizados consisten en actualizar las referencias a las normas UNE y los procedimientos que se desarrollan, en coordinación con los cambios introducidos en el presente real decreto para estos productos.
Además, el presente real decreto también introduce modificaciones o desarrollos de otras disposiciones que se explican a continuación:
Se introduce una disposición relativa a la implantación del marcado europeo de los materiales que entren en contacto con el agua de consumo humano, recogidos en el artículo 44 del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro. Dicho real decreto es trasposición de la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano. Conforme a lo indicado allí, se ha desarrollado un marcado europeo por medio de varios actos de la Comisión Europea. Este marcado aplicará a los productos en contacto con agua potable (principalmente productos de construcción) que forman parte de las instalaciones de captación, tratamiento, almacenamiento o distribución de aguas de consumo humano (incluyendo tuberías de suministro, válvulas, bombas, medidores, grifería, etc.). En lo relativo a estos, el presente real decreto introduce las consideraciones necesarias para poder implantar dicho marcado en nuestro país, complementando a lo ya dispuesto en el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero.
Finalmente, se introducen modificaciones en el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Estas modificaciones al Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, son necesarias para adaptar dicha disposición al nuevo Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2023, relativo a las máquinas.
Puede consultar y presentar aportaciones al documento sometido a audiencia e información pública en este enlace.
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: participacion_csegind@mintur.es indicando en el asunto: ‘Audiencia RD construcción 2025’
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